Los Permisos Individuales de Formación (PIF) son aquellos por los que un trabajador está autorizado por la empresa a que realice una acción formativa reconocida mediante acreditación oficial o titulación oficial y orientada a favorecer su desarrollo profesional y personal.
Al igual que la formación continua convencional, los costes formativos son susceptibles de ser bonificados por la empresa, estando limitada esta bonificación por los costes salariales del trabajador autorizado hasta el límite de 200 horas anuales.
Adicionalmente cada empresa podrá disponer de un crédito que será determinado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y que variará en función del número de trabajadores de la empresa.
Para calcular el crédito bonificable de un permiso individual de formación, pinche aquí.
Requisitos básicos de un Permiso Individual de Formación: